Una recorrida con Héctor Polino por los nueve puntos más polémicos de la norma que regula a las prepagas.

Finalmente, el Congreso promulgó la ley que regulará a la medicina privada y de prepago, y ahora el Ejecutivo tiene 120 días para reglamentarla. Si bien el sector siempre ha resistido la regulación, a partir de la contundente sanción de la iniciativa en la Cámara baja (190 votos a favor y 29 abstenciones), el pleito se ha encendido más que nunca. Miradas al Sur recorrió los puntos fundamentales de la medida con el ex diputado socialista Héctor Polino, que ahora dirige Consumidores Libres, una organización de defensa al consumidor que él mismo fundó.
Con 78 años de edad, 63 en la política y 12 consecutivos de diputado nacional, el ex legislador es una voz autorizada. Y dice que la norma es “positiva” ya que “beneficia a cuatro millones y medio de personas, asociadas al sistema privado”. Y explica:
1. Termina con el período de carencia o de espera. Hoy, “una persona se afilia a una empresa, comienza a pagar la cuota, pero ésta, arbitrariamente, establece un período en el cual el afiliado no recibe las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (PMO). Con la ley, uno se asocia a una empresa y al día siguiente ya tiene derecho a recibir esas prestaciones, y las del Sistema de Prestaciones Básicas para discapacitados”.
2. Acaba con la discriminación por enfermedades preexistentes. Una persona con determinadas enfermedades que va hoy a afiliarse, no es aceptada. “Cuando la norma entre en vigencia, la persona que quiera afiliarse, cualesquiera sea las enfermedades que tenga, debe ser admitida. Y eventualmente, la autoridad de aplicación, que es el Ministerio de Salud de la Nación, establecerá una cuota con un valor superior”.
3. Erradica la veda a causa de la edad. Hasta ahora, lo más común era que las personas con 60 años de edad o más fueran rechazadas por el sistema. En adelante, toda persona, cualquiera sea su edad, será admitida. Hay tres niveles de cuotas que ya contemplan las diferencias etarias. Sólo queda exceptuado del aumento por cuestiones de edad el afiliado que al cumplir los 65 años llevare diez años o más en la misma empresa.
4. Evita el desamparo de la empresa que se va. “Si una empresa de salud privada quiebra, los afiliados quedan absolutamente desamparados”. Un afiliado con 5, 10 o 20 años de antigüedad en una empresa que quiebra, y que puede haber contraído una enfermedad en ese lapso, no es aceptado en ninguna otra. A partir de la entrada en vigencia de la ley, en caso de quiebra, la autoridad de aplicación distribuirá a todos los afiliados de la empresa por el resto de las entidades del sector.
5. Pone fin al rechazo a los discapacitados. Antes de la ley, un grupo familiar asociado a una prepaga que luego tiene un hijo con determinada discapacidad corría el riesgo de que la empresa no le permitiera sumar a ese hijo al grupo familiar, porque no lo admitía. “La nueva ley dice que lo tienen que aceptar y, en todo caso, la autoridad de aplicación establecerá una cuota diferencial.”
6. Frena aumentos desmedidos. La autoridad de aplicación que rige el costo de las cuotas no es la cartera de Salud sino la Secretaría de Comercio Interior, tal como lo estipula la Ley 24.240, de Defensa del Consumidor. Esta semana, el diario Clarín reveló que el aumento en los aranceles de las empresas privadas de salud, entre el 2002 y el 2010, duplicó el índice de inflación que miden las consultoras.
Con la ley, una empresa que quiera aumentar deberá presentar a la Secretaría de Comercio la variación de la estructura de costos que justifica el aumento.
7. El apocalípsis está cerca. “El sector privado dice que con esta ley van a la quiebra. Yo les respondo lo que dije la semana pasada en la Confederación Médica Argentina, ante unos doscientos dueños de empresas: ¿cómo saben ustedes que van a quebrar? ¿Y que todos los enfermos, con patologías complejas, van a correr a afiliarse? No lo saben. Están haciendo terrorismo informativo, alarmando a los asociados con anuncios apocalípticos o tremendistas. Toda ley puede ser modificada, mañana, por otra ley, entonces, dejen que empiece a funcionar y se verá si hay algo para corregir. Nadie quiere que el sistema quiebre, ¿a dónde se van a ir a atender 4 millones y medio de asociados? ¿Al hospital público, que ya hoy está colapsado? Eso no le conviene tampoco al Estado. La ley responde a tantos abusos de los privados, si mañana se demuestra que debe ser corregida, se presentará una ley que la reforme”.
8. Capacidades especiales. “Éste es un sector especial, cobra las cuotas por adelantado a los afiliados y les paga a los prestadores a 60 o 90 días de plazo. En el medio hay un negocio financiero espectacular, que mueve una cifra cercana a los 18 mil millones de pesos al año”.
9. La ley y el lobby. “He escuchado a diputados nacionales, que hacen de la defensa de la Constitución nacional una bandera, decir que esperan que la reglamentación de la ley por parte del Ejecutivo subsane sus consecuencias. Si pensaban que la ley traerá consecuencias negativas, ¿por qué la votaron? La Presidenta no puede hacer otra ley vía decreto reglamentario, ni alterar la letra y el espíritu de la ley, estaría operando en contra de la letra de la Constitución, y alteraría el equilibrio que debe existir entre los tres poderes. del Estado. Las empresas presionaron desde el año 2006 para que no hubiera ley, ahora que hay ley presionan para que vía reglamentación se altere su espíritu. Esto es muy grave”.
Fuente: Mirada profesional










alicia kosinski
22/05/2011
tengo a tomas con sindrome de down,NO ME LO ACEPTA NINGUNA OBRA SOCIAL