Justicia falló a favor de Medicus

El tribunal decidió que la empresa Medicus no debe hacerse cargo de la dieta hipocalórica de la paciente. La mujer pedía que su prestadora le provea las viandas del Doctor Cormillot. Según los jueces, el Plan Médico Obligatorio no incluye la entrega de alimentos para el paciente.


El Tribunal determinó que los productos de Cormillot no son obligatorios para la dieta.

La Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal determinó que la prepaga Medicus no está obligada a dar los alimentos para que una de suspacientes realice una dieta de 1200 calorías diarias.

Según el fallo de los jueces Francisco de las Carreras, Martín Farrell y María Susana Najurieta, “el régimen hipocalórico puede ser suministrado, aportado y hasta elaborado por la mujer“.

También confirmaron que en el proceso judicial la paciente “no aportó pruebas que hagan referencia a que sólo debería consumir lasviandas Cormillot-Dietas Delivery u otras similares”.

Luego de una decisión de primera instancia en la que la empresa fue obligada a suministrar esos alimentos, el Tribunal de Apelaciones decidió que el Plan Médico Obligatorio (PMO) no impone la entrega de estas viandas.

“El PMO fue concebido como un régimen mínimo de prestaciones que las obras sociales o prepagas deben garantizar”, por lo cual la mujer puede seguir con su dieta a través del control y cuidado de un profesional nutricionista “que seguramente encontrará en la cartilla de su empresa prestadora”.

Fuente: La Noticia1

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