Por Jorge Olguín, presidente de ADEUCO

La Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADEUCO), rechaza los aumentos que están notificando a los usuarios, algunas empresas de Medicina Prepaga, por cuanto los mismos no han cumplido con las disposiciones establecidas en la ley Nº 26.682, de regulación del sistema de medicina prepaga en la Argentina, la que fue sancionada por el Congreso Nacional en Mayo del corriente año.
Algunas empresas de Medicina Prepaga (como Swiss Medical, Medical, etc), ya están notificando a los usuarios de un aumento desdoblado, que se aplicaría en Diciembre próximo (del orden del 9,5%), y en Febrero del año 2012 (del orden del 5,5 %), lo que implicaría que en el periodo febrero 2011-2012, se acumularía un aumento promedio del 50%, muy por encima de los indicadores inflacionarios, tanto públicos como privados.
Qué dice la ley
La ley 26.682, fue sancionada el 4 de mayo pasado, y fue publicada en el Boletín Oficial, el 17 de mayo del 2011. El propósito de la norma sancionada por el Congreso Nacional, fue establecer un marco regulatorio del sistema de medicina prepaga en nuestro país, disponiendo en su contenido:
• Prohíbe el derecho de admisión aplicado por las empresas en la relación contractual, que les permitía aceptar o rechazar a potenciales usuarios con enfermedades preexistentes, y de avanzada edad, por considerar dichas disposiciones como “cláusulas abusivas” y discriminatorias.-
• Establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud Publica de la Nación, y en lo que tiene que ver con la relación de consumo, a la Secretaria de Comercio Interior.-
• Le impone a la autoridad de aplicación de la ley “fiscalizar y garantizar la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales”.-
• Le da la facultad a los organismos de aplicación de la ley, para “Autorizar aumentos en las cuotas cuando el mismo este fundado en variaciones en la estructura de costos y razonable calculo actuarial de riesgos” (Articulo 17º).
La ley en cuestión, si bien aún no fue reglamentada por las autoridades de aplicación, en los términos que dispone el artículo 29º de la normativa que estableció su reglamentación dentro de los 120 días desde su publicación, plazo ya vencido y prorrogado de hecho), ESTA VIGENTE, más aún en lo que se refiere a la facultad que tiene el estado para autorizar o no, aumentos en el valor de las cuotas.
Formalizar reclamo administrativo ante la empresa
Los usuarios que han recibido en la factura con vencimiento en mes de noviembre, el preaviso de la empresa de medicina prepaga, comunicándole que en diciembre (y en febrero del 2012) le aplicara un aumento en el abono mensual o en los servicios del sistema de copagos (según la cual sistema este adherido el afiliado), debe presentar formal reclamo ante la empresa, manifestando que NO AVALA el aumento en cuestión, por cuanto el mismo NO HA SIDO AUTORIZADO por las autoridades de aplicación de la ley 26.682/2011, según lo establece el articulo 17º.
Consecuentemente, debe solicitar la re facturación del mes, eliminando cualquier aumento, dejando sentado en el escrito que en caso de no acceder a lo peticionado, PAGARA EL VALOR DE LA CUOTA VIGENTE PREVIO AL AUMENTO, a los fines de demostrar su voluntad de pago, ratificando en ese momento su RECHAZO AL AUMENTO ILEGAL, y reservando su derecho a reclamar por la vía administrativa o judicial, incluyendo en dicho reclamo los eventuales daños que se le ocasionen.
En el caso de aquellos usuarios adheridos al sistema de DEBITO AUTOMATICO, y sean objeto del cobro de la cuota con los aumentos establecidos por la empresa, deberán además, solicitar el correspondiente reintegro de lo cobrado de manera ilegal.
Elevar denuncia ante defensa del consumidor
Ante una decisión de la empresa, en la que se rechace el reclamo del usuario, o directamente no se reciba respuesta, el usuario debe elevar la denuncia correspondiente ante la autoridad de aplicación de la ley de defensa del consumidor en la provincia, el Subprograma Comercio y Defensa del Consumidor, sito en el Centro Administrativo Terrazas del Portezuelo – Edificio Capital – Modulo II – Piso 2 – Teléfono: 02652 452000 – Interno 3169 / 3171 / 3170 / 3192.
También, y a los efectos de buscar asesoramiento y orientación en su reclamo, los usuarios pueden comunicarse a la LINEA GRATUITA habilitada por la Secretaria de Comercio Interior de la Nación para todo el país: 0800 – 666 – 1518, o a los teléfonos de la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADEUCO) de la Provincia de San Luis, (02652) 444039 y 15554293.










Juan Carlos Bernardin
14/03/2012
Porque…me pregunto… si hay una ley (26682) (que presumiblemente defiende al afiliado) que esta sancionada y dice que no se podran realizar aumentos de las pre pagas, sin la debida autorización del estado; porque OSDE con todo desparpajo incrementó en noviembre ppdo. un 10% ?…y esperemos que sea el último.- A título de ser honesto…NO LO CREO.-
Y otra cosa que me pregunto es que si la ley está sancionada y aprobada por el Congreso, no existe en este p… pais una oficina, o dependencia o como quieran llamarle, que tome cartas en el asunto y que aplique una medida correctiva ejemplificadora amparada en dicha ley.- Indudablemente nosotros los argentinos, no podemos elegir el camino más corto y es por eso que nos tenemos que poner en descubierto en forma individual (y quedar marcados), ante las pre-pagas, enviandoles una nota en que decimos que no aceptamos el aumento; si no tenemos respuesta, despues de un tiempo prudencial, dirigir otra nota a Defensa al Consumidor y esperar otro atiempo prudencial para que posteriormente se inicie la etapa judicial Quiero aclarar que soy una persona jubilada de 73 años y notificarles que cuando este caso se resuelva aproximadamente en el 2025…..ya no me va a interesar
Ricardo
13/12/2011
Con respecto a los valores de las cuotas de las prepagas, por que el estado no elimina la alicuota del 10.5 % de iva en las mismas, monto que compensaria el aumento de los valores en el caso que se incrementen, no entiendo por que se le aplica iva a la salud cuando se trata de un producto de primerisima necesidad aun cuando sea privada, y mas si tomamos en cuenta que el estado otorga subsidios a los casinos que no benefician a la salud ni nada que se le parezca, todo lo contrario, desde mi punto de vista perjudican a las personas, no olvidemos que hay jugadores compulsivos y es una enfermedad, entonces, como es posible que se subsidie esta actividad y nos cobren impuesto a la salud a los que estamos obligados a depender de las prepagas para contar con un servicio de salud relativamente de buena calidad